Días de Descanso Obligatorio LFT 2020
- 1 enero – Año Nuevo
- 3 febrero – 1er lunes (conmemoración 5 feb)
- 16 marzo – 3er lunes (conmemoración 21 mar)
- 1 mayo – Día del Trabajo
- 16 septiembre – Independencia
- 16 noviembre – 3er lunes (conmemoración 20 nov)
- 25 diciembre – Navidad
Pago por Trabajo en Día Festivo
Si el trabajador labora en día de descanso obligatorio, recibe el triple del salario: salario ordinario + doble de indemnización por laborar en descanso obligatorio.
Sobre los puentes: La LFT movió algunos festivos al lunes más cercano (art. 74). El día de descanso legal es el lunes, no la fecha histórica.
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